¿Qué es la Ley General de Discapacidad y la obligación de reserva de empleo?

Desde 1982, en España, todas las empresas, tanto privadas como públicas, con 50 o más empleados, están obligadas a que al menos el 2% de su plantilla esté compuesta por personas con discapacidad, ya sea física o intelectual. Esta obligación facilita la integración laboral de este colectivo.

Sin embargo, algunas empresas pueden demostrar dificultades para cumplir con esta cuota, ya sea por la naturaleza de su actividad o por la imposibilidad de encontrar perfiles adecuados. Para estos casos, la normativa contempla la EXCEPCIONALIDAD, una autorización administrativa que permite sustituir la contratación directa por las denominadas Medidas Alternativas.

A pesar de esta flexibilización, el 75% de las empresas obligadas siguen sin cumplir la LGD, lo que puede derivar en sanciones.

¿Cuáles son las Medidas Alternativas?

Las empresas pueden cumplir con la LGD mediante:

  1. Compra de bienes: Contrato mercantil o civil con un Centro Especial de Empleo (CEE) o un autónomo con discapacidad para el suministro de materias primas, maquinaria, bienes de equipo o cualquier otro tipo de bienes necesarios para la actividad de la empresa.
  2. Prestación de servicios: Contratar con un CEE o un autónomo con discapacidad para la prestación de servicios ajenos y accesorios a la actividad habitual de la empresa.
  3. Donaciones o acciones patrimoniales: Realizar aportaciones monetarias a entidades sin ánimo de lucro que trabajen en la inserción laboral de personas con discapacidad.
  4. Creación de un enclave laboral: Contrato entre una empresa ordinaria y un CEE, donde un grupo de trabajadores con discapacidad se traslada temporalmente a la empresa colaboradora para realizar tareas relacionadas con su actividad.

¿Qué sucede si no aplico ninguna de las obligaciones?

Si una empresa obligada ni cumple la cuota del 2% ni aplica las Medidas Alternativas autorizadas, puede enfrentarse a sanciones.
Según el Real Decreto Legislativo 5/2000, el incumplimiento de la LGD se considera una infracción grave, con las siguientes consecuencias:

  • Multas económicas de hasta 187.515 €.
  • Pérdida y exclusión de beneficios fiscales, bonificaciones y ayudas públicas, así como la devolución de subvenciones ya concedidas.
  • Prohibición de contratar con la Administración Pública

¿Cómo puede ayudarte PLANEO a cumplir con la LGD?

En PLANEO ofrecemos a las empresas una solución efectiva para cumplir con la Ley General de Discapacidad a través de las Medidas Alternativas, permitiendo a aquellas que no pueden alcanzar la cuota del 2% hacerlo mediante la contratación de bienes y servicios.

Nuestra oferta incluye una amplia gama de productos y servicios adaptados a las necesidades de cada empresa, tales como:

Además, no necesitas realizar nuevas inversiones ni cambiar procesos internos. Basta con redirigir parte de tus compras habituales a PLANEO para que se conviertan en una Medida Alternativa válida, sin costes adicionales ni modificaciones operativas.

Si tu empresa necesita cumplir con la LGD de forma sencilla y efectiva, en PLANEO te asesoramos en todo el proceso, garantizando transparencia y seguridad en su aplicación. Ponte en contacto con nosotros y descubre cómo podemos ayudarte a convertir esta obligación en una oportunidad para generar un impacto social positivo.

Las empresas públicas y privadas que cuentan con 50 o más trabajadores deben reservar, con carácter general, al menos un 2% de los puestos de su plantilla para personas con discapacidad.

Cuando existen circunstancias que dificultan la contratación directa de personas con discapacidad, la empresa puede solicitar una declaración de excepcionalidad. Una vez autorizada, podrá cumplir con la normativa mediante alguna de las Medidas Alternativas previstas legalmente.

Es una autorización administrativa que permite a determinadas empresas sustituir temporalmente la contratación directa de personas con discapacidad por Medidas Alternativas, siempre que se cumplan los requisitos establecidos por la normativa.

Son diferentes fórmulas que permiten cumplir con la obligación legal cuando existe una declaración de excepcionalidad. Entre ellas se encuentran la contratación de bienes o servicios con Centros Especiales de Empleo, las donaciones a determinadas entidades o la creación de enclaves laborales.

Sí. Una de las Medidas Alternativas permite contratar determinados bienes o servicios a un Centro Especial de Empleo o a trabajadores autónomos con discapacidad, siempre que se cumplan las condiciones establecidas legalmente.

Un Centro Especial de Empleo, también conocido como CEE, es una empresa cuyo objetivo principal es proporcionar empleo remunerado a personas con discapacidad y favorecer su inclusión en el mercado laboral.

La declaración de excepcionalidad se concede por un periodo determinado y debe renovarse cuando corresponda. Por ello, es importante revisar periódicamente la situación de la empresa y las obligaciones asociadas al cumplimiento de la LGD.

Es recomendable conservar la documentación relacionada con la declaración de excepcionalidad, los contratos realizados como Medidas Alternativas, las facturas y los justificantes correspondientes para poder acreditar correctamente el cumplimiento de la normativa.

Sí. PLANEO puede asesorar a las empresas sobre cómo canalizar determinadas compras de productos y servicios a través de Medidas Alternativas, facilitando el cumplimiento de la LGD sin necesidad de modificar de forma significativa sus procesos habituales de compra.